"La responsabilidad social ha sido tradicionalmente vinculada como concepto a la empresa", afirma Gustavo Roosen, publicado en El Nacional el 4 de marzo de 2013
Uno de los mayores daños que se puede hacer a una sociedad –y de los más difíciles de revertir– es conducirla al olvido de sus responsabilidades. Es lo que viene sucediendo en Venezuela en el ámbito laboral. En nombre de la justicia social se ha logrado imponer en los últimos años un modelo inequitativo que pone todo el peso de los deberes y obligaciones en los empleadores y libera de responsabilidades a los trabajadores. La invocación de la justicia social ha servido de instrumento para el desconocimiento del derecho, la justificación del abuso y la apertura a la anarquía. El manejo interesado de una falaz contradicción entre derecho y justicia social ha conducido a una pérdida del orden jurídico representado por los tres valores fundamentales del Estado moderno: la paz social, el Estado de Derecho y la seguridad jurídica.
Un repaso de declaraciones políticas, pronunciamientos legales, actos legislativos y de gobierno de estos años mostraría la creciente radicalización de una postura según la cual la justicia social está por encima del derecho y tiene prelación sobre cualquier otro valor social. Así se consigna, por ejemplo, en los “Lineamientos de la justicia social”, documento del Frente Internacional Francisco de Miranda, donde se establece que “La igualdad ante la ley es relativa” o que “El rol del juez es ‘democratizar’ el orden jurídico aun cuando tenga que desconocer la ley y aplicar la arbitrariedad”. Así también en el Plan Nacional Simón Bolívar cuando se define el Estado de justicia y se establece que “en la democracia protagónica revolucionaria la justicia está por encima del derecho”. Así, igualmente, en decisiones del TSJ en las que apelando a la justicia social se establece que “el interés superior que debe tutelar el juez es el del trabajador” o que “las leyes se aplican retroactivamente, cuando éstas favorezcan a los trabajadores”.
Luego de numerosas leyes, reglamentos y disposiciones en materia laboral inspiradas en estos principios, su aplicación en nada ha contribuido al crecimiento del empleo o a una mayor paz laboral, y menos a la productividad. Han terminado privilegiando a unos a costa de la conculcación de un derecho de todos. Los conflictos se han multiplicado mientras ha decrecido la capacidad o la voluntad de las inspectorías del Trabajo para resolverlos. Se ha incrementado el ausentismo laboral y una actitud desafiante, prevalida de impunidad y amparada en la protección de las autoridades. Se ha fomentado la cultura de la permisividad y del menor esfuerzo. El Estado mismo se ha convertido en víctima de la improductividad, de paralizaciones laborales y de una conducta agresiva hacia el medio de producción, actitudes todas que violentan la obligación de producir, de generar bienes y servicios, en cumplimiento de la responsabilidad frente a la sociedad.
La responsabilidad social ha sido tradicionalmente vinculada como concepto a la empresa. La definición, sin embargo, ha puesto el acento en la institución y menos en los individuos. Es hora de recuperar su sentido y pensar también en la responsabilidad social de los trabajadores, es decir, en su compromiso de producir bienes y servicios para la comunidad, con la mejor calidad y a precios asequibles. La productividad es parte de la responsabilidad de los trabajadores para con la sociedad. El trabajador, no sólo el empresario, tiene obligaciones con el ciudadano, con el consumidor, con el cliente, con el conjunto de la economía. El reconocimiento social debería pasar por el cumplimiento de esta responsabilidad. Empresario y trabajador están llamados a entender la justicia social como una relación de trato justo, de suma de derechos y obligaciones, no como simple herramienta para el reclamo de privilegios.
Promover la responsabilidad social de los trabajadores debería ser una tarea del Estado. También del empresario, al que le corresponde procurar la identificación de los trabajadores con la misión y visión de la empresa y con su compromiso frente a la comunidad y frente al país. Es una manera de recordar al trabajador su responsabilidad social.
Un repaso de declaraciones políticas, pronunciamientos legales, actos legislativos y de gobierno de estos años mostraría la creciente radicalización de una postura según la cual la justicia social está por encima del derecho y tiene prelación sobre cualquier otro valor social. Así se consigna, por ejemplo, en los “Lineamientos de la justicia social”, documento del Frente Internacional Francisco de Miranda, donde se establece que “La igualdad ante la ley es relativa” o que “El rol del juez es ‘democratizar’ el orden jurídico aun cuando tenga que desconocer la ley y aplicar la arbitrariedad”. Así también en el Plan Nacional Simón Bolívar cuando se define el Estado de justicia y se establece que “en la democracia protagónica revolucionaria la justicia está por encima del derecho”. Así, igualmente, en decisiones del TSJ en las que apelando a la justicia social se establece que “el interés superior que debe tutelar el juez es el del trabajador” o que “las leyes se aplican retroactivamente, cuando éstas favorezcan a los trabajadores”.
Luego de numerosas leyes, reglamentos y disposiciones en materia laboral inspiradas en estos principios, su aplicación en nada ha contribuido al crecimiento del empleo o a una mayor paz laboral, y menos a la productividad. Han terminado privilegiando a unos a costa de la conculcación de un derecho de todos. Los conflictos se han multiplicado mientras ha decrecido la capacidad o la voluntad de las inspectorías del Trabajo para resolverlos. Se ha incrementado el ausentismo laboral y una actitud desafiante, prevalida de impunidad y amparada en la protección de las autoridades. Se ha fomentado la cultura de la permisividad y del menor esfuerzo. El Estado mismo se ha convertido en víctima de la improductividad, de paralizaciones laborales y de una conducta agresiva hacia el medio de producción, actitudes todas que violentan la obligación de producir, de generar bienes y servicios, en cumplimiento de la responsabilidad frente a la sociedad.
La responsabilidad social ha sido tradicionalmente vinculada como concepto a la empresa. La definición, sin embargo, ha puesto el acento en la institución y menos en los individuos. Es hora de recuperar su sentido y pensar también en la responsabilidad social de los trabajadores, es decir, en su compromiso de producir bienes y servicios para la comunidad, con la mejor calidad y a precios asequibles. La productividad es parte de la responsabilidad de los trabajadores para con la sociedad. El trabajador, no sólo el empresario, tiene obligaciones con el ciudadano, con el consumidor, con el cliente, con el conjunto de la economía. El reconocimiento social debería pasar por el cumplimiento de esta responsabilidad. Empresario y trabajador están llamados a entender la justicia social como una relación de trato justo, de suma de derechos y obligaciones, no como simple herramienta para el reclamo de privilegios.
Promover la responsabilidad social de los trabajadores debería ser una tarea del Estado. También del empresario, al que le corresponde procurar la identificación de los trabajadores con la misión y visión de la empresa y con su compromiso frente a la comunidad y frente al país. Es una manera de recordar al trabajador su responsabilidad social.
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