lunes, 28 de marzo de 2011

Miguel A. Santos \\ El derecho al olvido

No es el título de la última telenovela mexicana. Este encabezado está en el centro de un largo contencioso que mantienen en España Google y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La disputa es sobre quién debe retirar de Internet un enlace con información sobre una determinada persona cuando ésta así lo reclama. El conflicto se reproduce de un caso a otro casi siempre en los mismos términos: una persona que se considera perjudicada por una noticia o documento que existe en la red, a pesar de que las circunstancias que rodean el hecho hayan cambiado, no tiene a quién acudir para solicitar la retirada del enlace.

Aunque por ahora el caso está circunscrito a 90 demandantes en España y enfocado en Google, una sentencia sentaría jurisprudencia a lo largo de la Comunidad Europea y arroparía a los demás buscadores, y sobretodo a las redes sociales. Hasta aquí, la AEPD considera que no puede obligarse a la fuente de la noticia o documento a retirarla, porque ello alterara el propio historial. Google sostiene que su labor se restringe a buscar en la red y listar resultados: son aquellos que publicaron la información los responsables de retirarla.


La AEPD responde que no se trata de suprimir una noticia del mundo real o del virtual, sino de proteger el derecho al olvido restringiendo el efecto multiplicador sobre el contenido que poseen los motores de búsqueda. Me llama la atención que los demandantes exijan el derecho a suprimir (olvidar) aquellas noticias alrededor de las cuales las circunstancias hayan cambiado. Eso podría aplicarse a cientos de cosas, no sólo a aquellas de las que hemos sido acusados de forma injusta, sino a todas esas cosas que s ocurrieron y de las que nos arrepentimos, esas cuya reproducción antes estuvo restringida por la existencia de fotografías (que se ponen ocres con el tiempo), cartas (que se pueden destruir), o en la memoria de testigos (que es perecedera, no es de fiar, y en última instancia también desaparece).

Pero más me llama la atención que en muchos de esos casos (Facebook está prevenido al bate) la información, esa misma de la que se podría uno luego arrepentir y que podría ser utilizada en propia contra, ha sido aportada de forma voluntaria.

Eso me lleva a un detalle adicional: Y el derecho al olvido de los muertos? Porque sus datos siguen rodando por ahí, nos siguen sonriendo desde sus páginas de Facebook, siguen mandando recomendaciones, apareciendo en fotos, siguen cumpliendo años, aunque estacionados ya para siempre en la edad de su fin. Más aún, sigue colgado allí, en esos cementerios virtuales, sus vinculaciones, sus fotografías de otros. ¿Qué piensa hacer Facebook con los muertos? Si no se hace algo, pronto tendrá muchos más miembros muertos que vivos.

Ya lo dice Javier Marías (Tu rostro mañana): No debería uno contar nunca nada, ni dar datos, ni aportar historias. Contar es casi siempre un regalo, un vínculo y un otorgar confianza, y rara es la confianza que no se traiciona, raro el vínculo que no se enreda. Y es que, en buena medida, el derecho al olvido no puede ser resguardado por nadie que no seamos nosotros mismos.

Artículo de opinión

Publicado el viernes 25 de marzo de 2011


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